Por: Roque A. Orrego, Jennifer Ramos Mazacotte, Diego Molinas
El artículo analiza la persistencia
histórica de la mora procesal y la impunidad resultante en el sistema de
justicia penal paraguayo. Parte del reconocimiento de que el Código Procesal
Penal acusatorio mitigado, vigente desde 1998, se estructuró con la finalidad
de superar prácticas inquisitivas que, paradójicamente, se han perpetuado bajo
nuevas formas. A través de un enfoque dogmático-jurídico y el apoyo de 19
entrevistas realizadas a jueces, fiscales y defensores, se constata que los
operadores judiciales recurren con frecuencia a prácticas y omisiones que
favorecen la dilación indebida de los procesos. El estudio describe cómo
incidentes carentes de sustento, excepciones de inconstitucionalidad
improcedentes y recusaciones sin fundamento se convierten en estrategias
deliberadas de interrupción procesal, amparadas en la falta de aplicación de
disposiciones que habilitan su sanción. Asimismo, examina los dispositivos
normativos previstos en el Código Procesal Penal y el Código Procesal Civil,
que permitirían a los jueces continuar con la sustanciación de las audiencias y
rechazar planteamientos. La mora funcional no puede ser interpretada como un
recurso procesal legítimo, sino como una práctica que erosiona el derecho a la
tutela judicial efectiva y la confianza pública en la justicia penal. Desde
esta perspectiva, propone una lectura de las normas procesales que priorice la
regularidad del trámite, la continuidad de las audiencias y la preservación de
los plazos razonables, sin sacrificar el debido proceso. Con apoyo en doctrina
y jurisprudencia nacional, se concluye que el Estado paraguayo cuenta con las
herramientas legales suficientes para ejercer la potestad punitiva con eficacia
y evitar que la impunidad derive del uso abusivo de los instrumentos
procesales.
https://pyglobal.com/ojs/index.php/novapolis/article/view/180
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